El respeto por los derechos de los pueblos indígenas y tribales es un componente esencial en la construcción de sociedades democráticas. Sin embargo, con frecuencia los Estados de la región adoptan decisiones inconsultas que afectan a los referidos pueblos, propiciando conflictos sociales y agudizando su desconfianza hacia sus gobiernos, producto de siglos de políticas públicas basadas en la asimilación cultural, violencia y discriminación. Ante la creciente conflictividad social derivada del avance de megaproyectos energéticos y de infraestructura, la consulta y el consentimiento previo, libre e informado (CPLI) se han convertido en una de las principales respuestas, en México y en otros países de América Latina, a la demanda de los pueblos indígenas para que se reconozca su libre determinación.
No existe en México una ley general que regule el derecho de los pueblos indígenas a la consulta y CPLI sobre decisiones estatales que puedan afectar los derechos sobre sus territorios y recursos naturales. Ante dicho vacío legal, los funcionarios estatales se han guiado, en general, por los lineamientos establecidos en un protocolo sobre consulta elaborado por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Además, a raíz de la Reforma Energética de 2013, se han desarrollado protocolos específicos ad-hoc para procesos de consulta en relación con proyectos vinculados al sector energético. Los procesos de consulta que se han llevado a cabo en México emanan sobre todo de sentencias dictadas en acciones judiciales emprendidas por comunidades y pueblos indígenas.
Descarga
RESUMEN EJECUTIVO: Implementación de la consulta y consentimiento previo, libre e informado