Suprema Corte decidirá si comunidades pueden participar en asuntos que afectan el medio ambiente

  • El próximo 22 de agosto la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinará si las personas y comunidades tienen el derecho a participar en asuntos públicos relacionados con el medio ambiente.
  • La queja interpuesta por habitantes del río Sonora para tener voz sobre la ampliación de una presa de jales en Cananea es el origen de la controversia.

 

Ciudad de México, 14 de agosto de 2018 – El miércoles 22 de agosto la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá un juicio de amparo de gran relevancia para las comunidades que están siendo afectadas por proyectos productivos y de infraestructura que tienen el potencial de generar daños al medio ambiente en México​ ​(amparo en revisión 365/2018).

Esa Segunda Sala determinará si se reconoce plenamente la existencia del derecho a participar en asuntos de interés público de tipo medioambiental, y si ese derecho supone la obligación de las autoridades de informar, consultar y dejar participar a las comunidades antes del proceso para autorizar dichos proyectos, en tanto que las leyes secundarias no garantizan una participación efectiva.

“En esta ocasión, la Suprema Corte tiene la oportunidad de reconocer y garantizar la existencia y efectividad del derecho a la participación en asuntos medioambientales, con lo que sentaría un precedente extraordinario en México, comenta Luis Miguel Cano, abogado de PODER, que representa a los Comités de Cuenca Río Sonora, quienes hace dos años impulsaron un juicio de amparo para que se respete este derecho y pudieran pronunciarse sobre la nueva presa de jales de la mina Buenavista del Cobre.

Tanto las comunidades del río Sonora como todas aquellas afectadas por proyectos con impactos ambientales negativos se beneficiarían de un precedente favorable a este derecho por parte de la Suprema Corte, incluidas las comunidades rurales y urbanas que han emprendido luchas en todo el país contra grandes proyectos.

Al conocer de este juicio, un grupo de organizaciones civiles expertas en la defensa del territorio y el medio ambiente, instan a la SCJN a que dé un paso a favor del derecho de participación de las comunidades en materia ambiental, ya que éste impulsaría la participación misma, y fortalecería los derechos al desarrollo sostenible y a la protección del medio ambiente.

“Hay que recordar que ha sido la propia Corte quien ha promovido protocolos de actuación de impartidores de justicia abordando la participación como un derecho humano1, entendido como aquel que tienen todas las personas a participar, directa o indirectamente, en la dirección de los asuntos públicos de su país”2, señaló Gustavo Ampugnani, director ejecutivo de Greenpeace México. “Las ministras y ministros de la SCJN tienen la oportunidad histórica de zanjar limitaciones indebidas de funcionarios públicos que obstaculizan o niegan el ejercicio pleno de este derecho”, abundó.

Cabe recordar que la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo dispone en su Principio 10 que “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones.”

Además, México ha sido uno de los promotores de la firma del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, que justamente hace énfasis en la importancia del derecho participante en asuntos medioambientales. Si la Suprema Corte no reconociera este derecho, estaría decidiendo en línea opuesta a los esfuerzos del país, porque México ha impulsado la firma de ese acuerdo regional.

Finalmente, el derecho al acceso a la información y participación en asuntos ambientales ha sido reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos4, por que una decisión positiva por parte de la SCJN estaría cumpliendo con las obligaciones internacionales de México en la materia.

1. SCJN, Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos relacionados con proyectos de desarrollo e infraestructura», p. 83. https://www.sitios.scjn.gob.mx/ProtocoloMegaproyectosSCJN.pdf.
2.
Artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
3. Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe http://www.cepal.org/principio10.

4. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Opinión Consultiva No. 23.

–o–

Contacto con medios

María Fernanda Wray mariafernanda.wray@projectpoder.org Cel. 55 3333 9644

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